¿CREE UD. QUE LAS ACCIONES DESPLEGADAS POR EL ESTADO ECUATORIANO HAN SIDO SUFICIENTES PARA ERRADICAR LA VIOLENCIA DE GÉNERO EN TODAS SUS EXPRESIONES. QUE NUEVAS ESTRATEGIAS USTED EMPLEARÍA EN EL SECTOR DE SU RESPONSABILIDAD PARA CONCIENCIAR A LA COMUNIDAD?

La violencia contra la mujer es una forma de discriminación y una violación de los derechos humanos. Causa sufrimientos indecibles, cercena vidas y deja a incontables mujeres viviendo con dolor y temor en todos los países del mundo. Causa perjuicio a las familias durante generaciones, empobrece a las comunidades y refuerza otras formas de violencia en las sociedades. La violencia contra la mujer les impide alcanzar su plena realización personal, restringe el crecimiento económico y obstaculiza el desarrollo. La generalización y el alcance de la violencia contra la mujer ponen de manifiesto el grado y la persistencia de la discriminación con que siguen tropezando las mujeres. Por consiguiente, sólo se puede eliminar tratando de eliminar la discriminación, promoviendo la igualdad y el empedramiento de la mujer y velando por el pleno ejercicio de los derechos humanos de la mujer. Toda la humanidad saldría beneficiada si se pusiera fin a este tipo de violencia, ya que se han logrado grandes progresos en la creación del marco internacional para lograrlo. Sin embargo, han surgido nuevas formas de violencia y, en algunos países, se ha producido un retroceso en los avances hacia la igualdad y la ausencia de violencia que había logrado ya la mujer o están en una situación precaria. El predominio constante de la violencia contra la mujer es una demostración de que los Estados todavía no han encarado el problema del compromiso político, la visibilidad y los recursos necesarios. La violencia contra la mujer no es invariable ni inevitable y podría reducirse radicalmente y llegar a eliminarse, con la voluntad política y los recursos necesarios. En el presente estudio se señalan las vías para eliminar las diferencias entre las obligaciones contraídas por los Estados en virtud de las normas, reglas y políticas internacionales y la forma indebida e irregular en que se aplican a nivel nacional. Para lograrlo habrá que realizar esfuerzos de manera que la erradicación de la violencia contra la mujer llegue a ser una prioridad máxima en los planos local, nacional e internacional. Los Estados tienen obligaciones concretas y claras de abordar la cuestión de la violencia contra la mujer, ya sea que la ejerzan agentes del Estado como otros agentes. Los Estados tienen que responder ante las propias mujeres, ante todos sus ciudadanos y la comunidad internacional. Los Estados tienen el deber de prevenir actos de violencia contra la mujer; investigarlos cuando ocurran y enjuiciar y castigar a los perpetradores; así como de ofrecer reparación y socorro a las víctimas. Si bien las distintas circunstancias y limitaciones obligan al Estado a adoptar diferentes tipos de medidas, esto no justifica la inacción del Estado. Sin embargo, muchos Estados en todo el mundo no aplican a cabalidad las normas internacionales relativas a la violencia contra la mujer. Cuando el Estado no exige responsabilidades a los perpetradores de la violencia, no sólo alienta la comisión de nuevos actos de esa índole, sino que da a entender que la violencia que ejerce el hombre contra la mujer es aceptable o normal.

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